DESARROLLO DEL TEMA:
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Comentar con los miembros de sus
familias ¿Qué conoces sobre La Asamblea Nacional Constituyente en el Ecuador?
Las Asambleas Nacionales Constituyentes desde el siglo XVIII
En la Francia de 1789, la crisis
económica derivada de las sequías y malas cosechas había exacerbado la
miseria de la población. Los nobles pugnaban por el cobro de más impuestos al
pueblo para mantener su estatus económico, mientras el rey buscaba
soluciones.
El rey Luis XVI convocó a reunión a los
Tres Estados Generales integrados por el clero, la nobleza y la burguesía
para hacer reformas fiscales que acabasen con los privilegios de la nobleza,
y para que así los impuestos los pagasen todos. Esto recibió una total
oposición del
clero y la nobleza, mientras la
burguesía, que representaba a las clases medias y al pueblo, pugnaba por
cambios. Además, su número duplicaba a los representantes de los otros dos
Estados (Tackett,1996).
A la reunión de los Estados se le
llamó Asamblea Nacional. Era una instancia de poder político, integrada por
los representantes de la sociedad francesa organizada en tres Estados, donde
cada uno tenía un voto. El número de representantes de cada Estado variaba, siendo
la burguesía la que tenía más participantes. El clero y la nobleza se oponían
a toda reforma, mientras que la burguesía, que representaba a las clases
medias y populares, pugnaba por las reformas y por la democratización del
poder. Luego, esta Asamblea pasó a llamarse Asamblea Nacional Constituyente y
fue reconocida por el pueblo como única autoridad. Se derrumbó así el poder
monárquico y surgió una nueva instancia política con poder, dando origen a
una forma democrática de gobierno
El Parlamento
En el Estado absolutista medieval, el
poder recaía en una persona que era el rey, y la concentración del poder
hacía imposible que otras clases con poder económico tuvieran la opción de
participar del poder político y social.
La asamblea es la reunión de los
representantes de un colectivo, para tomar decisiones en conjunto. El poder
ya no recae en una persona, sino que se diversifica. Cuando esta asamblea tiene
como fin político orientar los destinos de un país, se denomina Asamblea
Nacional y tiene por objetivo dictar leyes que regulen la vida de la
sociedad, entre las personas, y entre ellas y sus gobernantes. La máxima ley
de un país es la Constitución, y cuando se va a crear esta ley, la Asamblea
Nacional pasa a llamarse, además, Constituyente.
El modelo francés, junto con el
estadounidense, sirvió de inspiración a las colonias americanas que buscaban
terminar con el poder de las monarquías europeas, para independizarse y crear
sus propias formas de gobierno.
Surgen así los nuevos Estados
Nacionales en América, basados en los ideales liberales y bajo el criterio de
la división de poderes: ejecutivo, legislativo, judicial. El poder
legislativo tiene como fin integrar a la diversidad de representantes de la
sociedad en espacios de toma de decisiones políticas.
En Europa se adopta la figura del
Parlamento como una instancia de decisión política y la figura del rey deja
de tener todo el poder, convirtiéndose en figura decorativa.
Las Asambleas Constituyentes como generadoras de instituciones políticas
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El poder constituyente lo concibió el
francés Sieyés como: “La potestad que tiene un pueblo de constituir un Estado
y de darle la organización jurídica y política que más le convenga”
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Este poder puede ser ejercido por una
asamblea o una comisión, llamada Asamblea Constituyente, la cual elabora una
nueva Constitución, manteniendo lo que considere de la anterior o cambiándola
por completo.
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El poder constituyente radica en el
pueblo, compuesto por la ciudadanía. El pueblo es el gran soberano, como lo
concibe Rousseau, y es quien decide los rumbos de su nación a través de la
designación de sus delegados para la Asamblea Constituyente, quienes
plasmarán sus aspiraciones en la redacción del texto constitucional.
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El poder constitucional se
caracteriza por: 1) ser supremo, lo que significa que está por encima de los
demás poderes; 2) es extraordinario, porque se lo ejerce en situaciones
extraordinarias; 3) es directo, porque proviene de la voluntad del pueblo; 4)
es soberano, porque no está sometido a otra norma o voluntad que no sea la
del pueblo y es incondicional a los intereses y necesidades del pueblo.
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